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En relación con
los lamentables acontecimientos que se han producido este fin de
semana por motivo del presunto asesinato que un preso de permiso del
Centro Penitenciario de A Lama supuestamente ha cometido, como
Sindicato mayoritario en Instituciones Penitenciarias queremos dejar
clara nuestra posición e intentar aclarar ciertos errores que se
están recogiendo en la explicación de esta noticia, así como
manifestar nuestra solidaridad con los familiares de las víctimas
ante la tragedia producida.
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Como cuestión
previa, hay que destacar que el sistema que se utiliza para la
localización y seguimiento por medios electrónicos no es un GPS
puro, sino un sistema híbrido que consiste en un emisor GPS que
facilita a través de los satélites la localización exacta de una
persona, junto con un dispositivo transmisor por GSM, es decir,
por telefonía móvil.
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Desde que el
Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, crease la Subdirección
General de Medio Abierto y Medidas Alternativas y a día de hoy
NO EXISTE NINGÚN PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA CADA UNA DE LAS
MODALIDADES DE SEGUIMIENTO TELEMÁTICO, tal como se reconoce en
escrito de 13 de noviembre, firmado por el actual Subdirector
General, en dónde se establecen una serie de medidas provisionales
en el caso de que los internos con GPS accediesen a las zonas de
exclusión prohibidas.
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Es una clara
muestra de irresponsabilidad y de pésima gestión que a pesar de
haber aumentado de 417 internos con medios telemáticos en 2.004 a
1.834 en noviembre de 2.008 no existan normas claras de actuación
ante las múltiples posibilidades que pueden producirse.
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Según la
Administración Penitenciaria, a las 16,36 horas del sábado 29 de
noviembre saltó una alarma al desprenderse el interno del emisor
receptor; y, según la Administración Penitenciaria esta señal se
recogió inmediatamente en la Unidad Central; asimismo, se afirma
que los funcionarios no la detectaron. En relación con este relato
oficial se debe puntualizar lo siguiente:
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Sobre las
17,00 horas de dicho día se recibe en el centro de vigilancia
electrónica un mensaje en el terminal informático sobre este
interno que indica “tx desaparecido”.
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A partir de
este momento, el funcionario que prestaba servicio intenta
acceder al sistema para comprobar la incidencia, sin poder
acceder de forma inmediata, ya que necesita rearmar el sistema
tres veces, debido a fallos del mismo.
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Una vez que se
accede, el sistema indica que el interno se encontraba en el
domicilio de su novia, por lo que de acuerdo con la normativa
provisional existente y al no acceder a las zonas de exclusión
no se procede a avisar de este hecho, si no simplemente a
anotarlo en la ficha correspondiente al interno.
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A las 18,00
horas del sábado finaliza el seguimiento del interno ya que
finalizaba su permiso, apareciendo en pantalla el mensaje “fin
de servicio automático”.
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Es importante
destacar que no existe ningún tipo de alarma sonora ni luminosa,
y que las notificaciones de incidencias se producen, únicamente,
mediante avisos por escrito en la pantalla de ordenador.
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¿Cuál es el motivo de que transcurra este tiempo entre que salta
la alarma en la unidad central y se recibe en el centro de
vigilancia? Pues simplemente a que no se encuentran ubicados en el
mismo edificio.
Mientras la unidad central se encuentra ubicada en la Calle
Alcalá, sede de los Servicios Centrales de la Secretaria General
de Instituciones Penitenciarias, la Unidad de Vigilancia
Electrónica está situada en el CIS Victoria Kent de Madrid y debe
conectarse a la misma mediante el TERMINAL SERVICE.
6.
Esta
Unidad de Vigilancia inicialmente estaba ubicada en la Calle Alcalá,
pero se trasladó al CIS a finales del mes de septiembre, empezando a
funcionar en recientes fechas y desde entonces
los funcionarios
asignados a este servicio han venido denunciado a través de escritos
e informes en el libro de incidencias que los equipos informáticos
no han funcionado bien en ningún momento, cortándose la comunicación
continuamente, quedándose colgados, ralentizando de forma importante
su funcionamiento e impidiendo que se pueda realizar el trabajo de
una manera adecuada. Problemas que a día de hoy se siguen
manteniendo.
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De los siete
funcionarios que trabajan en esta unidad en turnos de mañana,
tarde y noche,
sólo a tres de ellos se les ha facilitado formación específica
sobre el uso del sistema.
De hecho el funcionario que estaba trabajando el día 29 no
disponía de esta formación.
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Pero el
funcionario de servicio no sólo debe estar pendiente de forma
continuada de los monitores del sistema, ya que además debe
cumplir con otras muchas funciones: seguimiento de los
internos con localización permanente, llamadas de seguimiento,
elaboración de las fichas de internos, atender a los teléfonos. En
ese día existían seguimientos de 60 internos entre gps y
localización permanente.
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La Administración Penitenciaria incumple de forma sistemática la
normativa sobre salud laboral,
desde el momento en que un solo trabajador debe atender de forma
continuada en su jornada de trabajo los monitores del sistema, sin
poder dejar de mirarlos al no existir alarmas sonoras, en lugar de
establecer turnos de menor duración en dónde se puedan realizar
otras funciones tal como establece el Real Decreto 488/1997 sobre
pantallas de visualización.
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Lo que ocurre es que existe una carencia de personal evidente que
perjudica de forma clara el desarrollo diario de la prestación del
servicio, así como una absoluta dejadez en la gestión del servicio
por parte de sus responsables
y, en particular del anterior Subdirector General de Medio Abierto
y Medidas Alternativas y actualmente Director del Centro
Penitenciario de Topas, que no dejó el servicio organizado, ni
ninguna normativa de actuación para cada uno de los diferentes
supuestos que pueden producirse.
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No es de recibo
que la Administración Penitenciaria utilice el incremento de los
internos sometidos a medidas telemáticas como un logro del sistema
y, en cambio, tenga este servicio absolutamente abandonado tanto
en materia de organización, como de dotación de personal. Se debe
ser mucho más responsable y por supuesto, mucho más riguroso y no
buscar las responsabilidades en los últimos eslabones de la cadena
sino en los responsables de que este servicio se encontrase en las
condiciones que se han descrito.
En Madrid, a 2 de diciembre de 2.008

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