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La disposición transitoria sexta de la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dispone que “Los preceptos de la Ley 30/84, de 2 de Agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública modificados por esta Ley tendrán carácter retroactivo respecto de los hechos causantes originados y vigentes a 1 de Enero de 2006 en el ámbito de la Administración General del Estado”

Adjuntamos un COMUNICADO en el que se detallan todos aquellos aspectos de esa Ley 30/84 que han sido modificados por la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley Orgánica de Igualdad.

Por tanto, todos aquellos que se encuentren en uno de los supuestos recogidos en esa Ley podrán solicitar la aplicación de la misma con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2006.

Desde Acaip hemos tenido conocimiento de que desde la Dirección General de II.PP. se está preparando la modificación de la vigente Instrucción sobre Jornadas y Horarios (I 11/06) para adaptarla a estos cambios normativos.