El TSJ
condena al CSIF a devolver 841.000 euros por subcontratación irregular de
cursos
El Mundo-La Crónica.com
14-10-07
Una
sentencia ejemplar
El
Tribunal Supremo ha confirmado que el sindicato CSI-CSIF subcontrató
irregularmente a una empresa privada cursos de formación profesional por
740.715 euros (123 millones de pesetas) cofinanciados por la Junta de
Castilla y León y el Fondo Social Europeo hace quince años.
Así lo pone de manifiesto el alto tribunal en un auto que declara firme la
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que a su vez
confirmó el grueso de las denuncias publicadas por este periódico desde
septiembre de 1995 a 2003. El TSJ regional obliga ahora al sindicato a
reintegrar a la Administración autonómica 841.000 euros, cantidad que
incluye los intereses de demora.
Se trata de la condena firme de mayor envergadura económica dictada por un
tribunal en Castilla y León por subcontratación irregular de cursos de
formación subvencionados con fondos públicos, según admiten fuentes de la
Administración regional. El sindicato intenta ahora negociar con la Junta de
Castilla y León un fraccionamiento de los pagos.
Un auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de
febrero de este año ha declarado firme la sentencia de julio de 2004, que
declaró probado que el sindicato de funcionarios suscribió un contrato
privado de prestación de servicios (24 de agosto de 1988) por el que el
empresario Vidal Jiménez, propietario de Olro, desarrollaba y ejecutaba
todos los cursos adjudicados a CSIF, recibiendo a cambio el 100% de la
subvención concedida, porcentaje que más tarde bajaría al 75%.
Jiménez llegó a declarar a este periódico que el sindicato se quedaba con
el 20% y el negocio de los cursos le dejaba a él un margen del 10%.
«Pocas dudas puede ofrecer el contenido de ese negocio jurídico al menos en
cuanto a que las obligaciones o cargas contraídas por la Confederación son
traspasadas al Sr. Jiménez Morales primero y a Olro después a cambio de una
retribución dineraria, quedando ambos contratistas obligados entre sí, y
únicamente la Confederación Sindical frente a la Administración, nota esta
última que distingue el subcontrato de la cesión de contrato», señalan los
magistrados en la sentencia firme.
Para los magistrados del TSJ no hay duda de que CSIF subcontrató de forma
irregular los cursos. En este sentido, rechaza de plano el intento del
sindicato de diferenciar, para defenderse, «desarrollo y ejecución» por un
lado y «gestión» por otro. Según el magistrado, Olro asumió frente a CSIF el
cumplimiento de obligaciones que el sindicato tenía con la Administración,
lo que revela la irregularidad.
El cierre de esta vía administrativa obliga a reabrir la vía penal en los
juzgados ordinarios y el contencioso paralizado en el Tribunal de Cuentas.
El Juzgado de lo Penal Nº 2 de Valladolid suspendió las actuaciones contra
el ex presidente de CSIF, Antonio Corrales, y contra el administrador único
de Olro y ex director del Centro Nacional de Formación de este sindicato,
Vidal Jiménez.
El fiscal y la Junta de Castilla y León, que ejerce la acusación particular,
mantienen la petición de año y medio de cárcel para Corrales y Jiménez.
Ambos sostienen que CSIF es responsable civil subsidiario y defienden su
insolvencia.
El Gobierno regional concedió a CSIF dos subvenciones de 142 y 74 millones
de pesetas entre 1991 y 1992, respectivamente, para cursos de formación
profesional cofinanciados por el Fondo Social Europeo y el Ejecutivo
autónomo, de los que inicialmente sólo se consideraron justificados 123 y 23
millones. La Consejería de Economía pagó los 123 millones de la primera
ayuda y 37 millones de la segunda.
La Junta inició el 10 de noviembre de 1997 un expediente de incumplimiento
de las condiciones de la subvención cuando conoció por este periódico la
trama de subcontratación de cursos a Olro y tras la entrega de ex dirigentes
críticos de CSIF de los documentos que acreditaban las irregularidades.
El 8 de enero de 1998, la Dirección General de Trabajo dictó una resolución
por la que obligaba a CSI-CSIF a reintegrar los 123,2 millones de pesetas
más los intereses de demora, una decisión que el sindicato recurrió, primero
en alzada (julio de 1998) y después mediante recurso contencioso
administrativo.
El sindicato logró la paralización del reintegro en mayo de 1999, pero el
TSJ resolvió en su contra en julio de 2004. La central sindical presentó
entonces recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que no lo admitió
según declaró en un auto de diciembre de 2006. El 6 de marzo de este año la
Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid declaró firme el fallo
de 2004 y pidió a CSI-CSIF la devolución de los fondos gastados de forma
irregular. Toda una sentencia ejemplar.
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